IBERDROLA sigue perdiendo en los Juzgados por no demostrar la manipulación en los contadores de electricidad

por Redacción Nacional

La Plataforma Ciudadana QAE sigue tumbando en los Juzgados de toda España a las compañías eléctricas que pretenden cobrar cantidades elevadas de dinero, haciendo creer que han detectado una ‘anomalía’ en el contador de electricidad

La actual legislación vigente es muy rigurosa ante las presuntas manipulaciones de los puntos de medida, también conocidos como ‘contadores de electricidad’, pues hay abundante normativa que regula esta práctica que deben de cumplir rigurosamente el personal técnico que asiste a la visita o inspección. De entrada, el titular del contrato de suministro tiene que ser avisado previamente de la misma (Real Decreto 1725/1984) lo cual no realiza la compañía eléctrica, alegando que entonces ‘se pierde el factor sorpresa’ lo cual vulnera el Derecho Fundamental establecido en la Constitución artículo 24.2

Además, los técnicos de las compañías distribuidoras encargados de realizar las inspecciones de los contadores no tienen la condición legal de autoridad, por lo que sus informes no gozan de presunción de veracidad. Es más, estos informes que utilizan no corresponden con el establecido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, regulado en el Real Decreto 842/2002, por lo que se incumple con la normativa Europea AENOR.

La reciente Sentencia ganada gracias a la Plataforma Ciudadana QAE es demoledora, al establecer el Juzgado que “no se estima de recibo la pretensión formulada por la actora de aplicar al usuario el sistema de cálculo residual previsto en el artículo 87 del Real Decreto 1955/2000” para concluir posteriormente con sano criterio que “puede concluirse lógica y racionalmente, que existía criterio objetivo para girar la facturación y datos que igualmente hubieran podido reflejar el momento exacto en que se habría producido la supuesta manipulación, sin que pueda presuponerse en el presente caso que se remontaran a un año antes, siendo evidente que durante tal período se ha procedido a la realización de lecturas reales del contador, pudiendo igualmente haberse efectuado tal valoración desde la última vez en que la empresa distribuidora habría procedido a la lectura real del contador pues en la misma, a falta de constatación y prueba alguna en contrario, puede presumirse que el contador no presentaba la manipulación que a fecha 20 de abril de 2022 se aduce”.

Esta sentencia es otra excelente noticia para los Consumidores de electricidad que ven vulnerados sus Derechos cuando la compañía eléctrica procede a manipular el contador sin darles aviso previo y les imputa una presunta manipulación del dispositivo, para finalmente pretender cobrar una ‘refacturación’ que en la mayoría de los casos supera los 3.000 euros.

Desde que el Gobierno aprobara en el BOE una comisión del 20% a favor de las Compañías Eléctricas en el caso de detectar el uso fraudulento de la electricidad, los Consumidores y Usuarios están siendo engañados con métodos totalmente ilegales.

Las Compañías Eléctricas han iniciado una campaña de acusaciones contra sus clientes, alegando que el contador de electricidad ha sido manipulado. Pero la realidad es bien distinta. El equipo jurídico de QAE lo está demostrando en los juzgados, resolviendo a favor del Consumidor.

Ante la amenaza ‘de corte de la luz’ el Consumidor se limita a resignarse y pagarlo, creyéndose que puede ser cierto y de paso evitar un enfrentamiento con el suministrador de electricidad. El miedo a que nos corten la Luz se ha contaminado de tal forma en la Sociedad, que va a ser muy difícil y duro reconducirlo.

Sin embargo la Compañía Eléctrica no aporta pruebas de ese ‘presunto Fraude’. Ni lo hará pues todo es un montaje para llevarse esa comisión que tienen publicado en el BOE.

La Plataforma Ciudadana QAE está especializada en legislación energética con una década de experiencia en los Tribunales de toda España.

Para más información visitar www.plataformaqae.com

Comparte éste artículo
Escribe tu comentario