El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha abierto una investigación sobre “potenciales” prácticas comerciales “desleales” en relación con las viviendas turísticas que operan sin licencia y que se anuncian por toda España en plataformas destinadas al alquiler turístico, que serán “perseguidas”.
Así lo anunció este miércoles su gabinete en un comunicado en el que precisó que la Dirección General de Consumo, integrada en este ministerio, ha “identificado posibles prácticas de este tipo en diferentes ciudades españolas”.
“Serían prácticas comerciales que, con base en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, serían desleales y que, por tanto, supondrían una infracción que puede generar lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada”, señalan desde la Dirección General de Consumo.
El departamento de Bustinduy añadió que, según la información oficial ofrecida por autoridades autonómicas y municipales con competencia este ámbito, un número “significativo” de viviendas turísticas “estarían operando sin licencia”, razón por la cual su ministerio ha decidido poner en marcha esta investigación con el fin de “proteger a las personas consumidoras y usuarios ante estas prácticas”.
En este contexto, la Dirección General de Consumo ya ha enviado requerimientos a las “principales” plataformas de alquiler turístico para obtener información sobre las viviendas que son anunciadas en este ámbito, haciendo “especial hincapié”, según apuntó Consumo, en la actividad y responsabilidad de aquellos grandes arrendadores o empresas dedicadas a la gestión de grandes cantidades de pisos turísticos en diversas comunidades autónomas y que, a su juicio, “podrían estar incurriendo en prácticas comerciales desleales en base al Artículo 47 de la mencionada ley general”.
EXPEDIENTES SANCIONADORES
Con la información recabada a través de estos requerimientos, la Dirección General de Consumo va a “estudiar” la posibilidad de abrir expedientes sancionadores por estas prácticas que, según el precepto legal, pueden llegar a calificarse como infracciones graves con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede “sobrepasar”, según recordó la cartera de Bustinduy, hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. No obstante, Consumo recalcó que la apertura de esta investigación “no prejuzga el resultado final de la misma”.
(SERVIMEDIA)