El Tribunal Supremo zanja el «caso Pazo de Meirás»: Confirma la propiedad del Estado y el derecho de los Franco a ser indemnizados

El Tribunal Supremo ha puesto el punto final definitivo a la batalla judicial por el Pazo de Meirás. En una sentencia dictada por unanimidad, la Sala Primera ha confirmado que el inmueble situado en Sada (A Coruña) es propiedad del Estado, rechazando así las pretensiones de los herederos de Francisco Franco. Sin embargo, el Alto Tribunal también ha ratificado que los hermanos Martínez-Bordiú deben ser indemnizados por los gastos útiles y necesarios realizados en la finca durante décadas.

Un bien de dominio público desde la Guerra Civil

El Supremo fundamenta su decisión en que, desde 1938, el Pazo de Meirás estuvo afecto a un uso público como residencia oficial del jefe del Estado, con una naturaleza jurídica similar al Palacio de El Pardo. Debido a esta condición de «bien de dominio público», la Sala concluye que los Franco no pudieron adquirir la propiedad por el mero paso del tiempo (usucapión), ya que el inmueble no dejó de prestar servicio a la administración hasta bien entrada la década de los 90.

La sentencia ratifica la nulidad de los títulos de propiedad (donación y compraventa) en los que se apoyaba la familia Franco, confirmando que el Pazo nunca perteneció legalmente a la esfera privada del dictador.

La indemnización: un derecho reconocido por la Abogacía del Estado

Uno de los puntos más debatidos del fallo es el derecho de los herederos a recibir una compensación económica. El Supremo explica que los demandantes (Abogacía del Estado, Xunta de Galicia y Ayuntamientos) reconocieron expresamente en su demanda inicial que los herederos eran «poseedores de buena fe».

La Sala advierte que las administraciones no pueden cambiar de estrategia a mitad del proceso para negar ahora la indemnización. Según el fallo, modificar esa postura causaría «indefensión» a los hermanos Martínez-Bordiú, quienes contestaron a la demanda confiando en que se les reembolsarían los gastos realizados en el mantenimiento del pazo.

Fin al periplo judicial

Con esta resolución, el Tribunal Supremo confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña. El Estado mantiene la posesión del inmueble de forma definitiva, mientras que la cuantía exacta de la indemnización que deberán recibir los Franco se determinará en la fase de ejecución de la sentencia, basándose en los gastos «necesarios y útiles» debidamente acreditados.

Etiquetas
Comparte éste artículo
No hay comentarios