El Supremo condena a Ábalos a 24 años de cárcel, a Koldo a 19 y a Aldama a 4 por el ‘caso mascarillas’.

El Tribunal Supremo ha hecho pública este lunes una sentencia histórica al condenar al exministro de Transportes, José Luis Ábalos, a una pena total de 24 años y tres meses de prisión por su papel central en el ‘caso mascarillas’. Junto a él, han sido sentenciados su exasesor, Koldo García, a 19 años de cárcel, y el empresario Víctor de Aldama, a cuatro años y medio.

La resolución, adoptada por unanimidad de la Sala de lo Penal, confirma la existencia de una organización criminal que, mediante un reparto jerárquico de funciones, operó para lucrarse a través de la corrupción en la contratación pública durante la pandemia.

Las claves de la sentencia

El tribunal da por probados los delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. Entre las conductas acreditadas figuran:

  • Adjudicaciones irregulares: El suministro de 13 millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif, favoreciendo a una empresa vinculada a Aldama.
  • Dádivas y pagos: Una remuneración mensual de 10.000 euros al exministro, además de la contratación de personas de su entorno en empresas públicas y el pago de viviendas vinculadas a favores políticos, incluyendo gestiones relacionadas con el rescate de Air Europa y licencias de hidrocarburos.

El Supremo ha subrayado en su fallo que estas prácticas no solo son delictivas, sino que provocan un “grave deterioro de la confianza ciudadana”, socavando los cimientos de la arquitectura democrática del Estado.

Cumplimiento efectivo y atenuantes

Aunque la suma de las penas impuestas a Ábalos asciende a 24 años y tres meses, la aplicación del artículo 76 del Código Penal establece un límite máximo de cumplimiento efectivo de 15 años y 8 meses de prisión.

Por su parte, Víctor de Aldama ha logrado una rebaja sustancial en su condena al aplicársele el atenuante cualificado de confesión. En atención a su colaboración con la Justicia y a la documentación aportada para esclarecer la trama, el tribunal ha dejado en suspenso su pena de prisión, condicionándola a la presentación de informes semestrales de actividad y a la realización de un año de servicios a la comunidad.

Una notificación inusual

La comunicación de la sentencia ha tenido lugar mediante una comparecencia presencial, un hecho inusual dado que habitualmente se notifica de forma telemática a través de Lexnet. Dada la trascendencia pública del caso, el Supremo ha citado a las partes para la lectura del fallo. José Luis Ábalos y Koldo García han seguido el acto por videoconferencia desde el centro penitenciario de Soto del Real, donde cumplen prisión preventiva.

Fotografía: Onda Cero

Comparte éste artículo
No hay comentarios