Seguridad Social y varias entidades bancarias obligadas a perdonar las deudas de una empresaria de A Coruña declarada insolvente

La protagonista de esta historia ha conseguido liberarse de 90.641 euros que debía a numerosos acreedores, entre ellos, la Tesorería General de la Seguridad Social, tras la quiebra de la empresa.

A pesar de la oposición de la Administración, el Juzgado de lo Mercantil N.º3 de A Coruña concede el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho al deudor.

Conseguir el perdón de tus deudas y ganar la batalla a las Administraciones Públicas

La quiebra de la sociedad que manejaba supuso un antes y un después en su situación. Tras esto, debió asumir personalmente las deudas generadas por el mal manejo de las finanzas de la compañía. La enorme carga que tuvo que enfrentar fue un problema demasiado grande para sus posibilidades.

La empresaria, que había invertido todos sus recursos personales para hacer frente a las deudas, decidió buscar ayuda en la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, una entidad especializada en ofrecer soluciones legales y financieras a personas y empresas que atraviesan situaciones económicas extremas. Gracias a su intervención, ha logrado ser exonerada de la totalidad de sus deudas, lo que le ha permitido recuperar su estabilidad financiera y dejar atrás la presión de los acreedores.

A pesar de las dudas de este vecino acerca de si se le concederían la exoneración de las deudas públicas, Jose Domínguez, letrado instante de la Asociación, que contaba ya con sentencias favorables en casos similares, fue y es tajante al respecto: ¨los créditos públicos se incluyen en el procedimiento de liberación de deudas, si no, no hablaríamos de una verdadera ‘segunda oportunidad’”.

Pasos para conseguir el perdón de las deudas

La primera actuación llevada a cabo en el expediente fue la presentación de un preconcurso de acreedores. Así, el interesado obtenía el primer beneficio y el que más necesitaba: protección para no pagar y no ser embargado mientras durara el procedimiento.

Ya con esa protección, se pide en el juzgado de la provincia la apertura de un concurso de acreedores para valorar la posibilidad de pago de la deudora. Admitido y acreditado que no existe posibilidad de pago, permite al protagonista solicitar el perdón de sus deudas.

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia de la interesada, no haber estado en concurso los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Una vez comprobados estos presupuestos se dictó la resolución definitiva el pasado 27 de enero de 2025 concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de pagar 90.641 euros.

Con esta sentencia, los acreedores del concursado, incluido, Tesorería General y entidades bancarias, no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en fichero de morosos a la ya exdeudora.

Etiquetas
Comparte éste artículo
No hay comentarios