Sánchez es multado por la JEC con 2.200 euros por hacer electoralismo desde Bruselas

por Redacción Nacional

La Junta Electoral Central (JEC) ha impuesto una multa de 2.200 euros al presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, por vulnerar la ley al hacer “manifestaciones con contenido valorativo y electoralista” tras un Consejo Europeo.

Según la resolución de la JEC avanzada, de la que mañana se publicará su contenido total, se considera que Sánchez infringió el artículo 153.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, al realizar, en calidad de presidente, «manifestaciones con contenido valorativo y electoralista, aprovechando los medios públicos de que disponía».

En concreto, en “la rueda de prensa ofrecida el 30 de junio de 2023, tras el Consejo Europeo de los días 29 y 30 de junio, provocando el consiguiente quebrantamiento del principio de neutralidad que todo poder público debe respetar durante el proceso electoral”.

Aquella convocatoria se produjo después de que Sánchez adelantase al 23 de julio las elecciones generales, tras los comicios autonómicos y municipales del 28 de mayo, pero fuera del periodo oficial de campaña electoral que se inició el 7 de julio.

Esta sanción es consecuencia de que la JEC cree que vulneró el artículo 50.2 de la Loreg, que establece que “desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

De manera que vulneró, según la resolución, “el principio de igualdad entre las formaciones políticas contendientes en las elecciones que dimana del artículo 8.1 de la Loreg” que es el que dice que “la Administración Electoral tiene por finalidad garantizar en los términos de la presente Ley la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad.

(SERVIMEDIA)

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