Tras la denuncia de FACUA Córdoba, la Junta de Andalucía ha resuelto sancionar con 1.000 euros a la Unión Futbolística Cordobesa SAD por incluir cláusulas abusivas en la venta de abonos, hechos que fueron denunciados por la asociación en la temporada de 2020/2021.
El Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía en Córdoba ha calificado estas condiciones impuestas como una infracción «grave» por vulnerar el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.
Según ha conocido la asociación, la resolución ha puesto de manifiesto cómo se produjo un claro desequilibrio entre los derechos y las obligaciones de las partes, toda vez que en las condiciones generales para la venta de abonos el Córdoba CF impuso «la pérdida de las cantidades abonadas» para los casos en que el contrato no pudiera cumplirse por causa de fuerza mayor, como la reducción de aforo, la imposición de jugar a puerta cerrada determinados partidos, o cualquier medida relacionada directa o indirecta con la alerta generada por la situación sanitaria de la Covid-19.
Como advirtió FACUA Córdoba en la denuncia, esta imposición suponía una infracción grave en materia de consumo, al ser contrarias a lo que dispone el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, al producirse un enriquecimiento de una de las partes en detrimento de la otra, en esta ocasión del abonado.
La asociación ha subrayado que el entonces consejero delegado de Unión Futbolística Cordobesa SAD (Córdoba CF), Javier García Calvo, llegó incluso a decir, que le parecía «grave» lo que la asociación de consumidores denunciaba. En este sentido y ahora con la multa impuesta por la Junta de Andalucía a dicha entidad, ha quedado probado que la dirección del Córdoba CF actuó de manera «grave» en contra de los intereses de sus propios abonados.
Resolución
El instructor de consumo de la Junta de Andalucía, expresa en la resolución que esta cláusula, a priori, no negociada individualmente causó un desequilibrio de los derechos y obligaciones de las partes, toda vez que limitó los derechos del abonado y determinó la vinculación incondicionada del abonado al contrato aún cuando el empresario no pudiera cumplir con sus obligaciones, y aunque esto último pudiera estar justificado por la situación generada por la Covid-19.
Ante esta y otras fundamentaciones vertidas por el tramitador del expediente sancionador de la Junta de Andalucía, y con el fin de beneficiarse de una aminoración de la sanción, el Córdoba CF asumió su responsabilidad por los hechos imputados reconociendo así lo denunciado por FACUA Córdoba, asumiendo la multa y beneficiándose con ello de la deducción del 40% del importe total de la sanción que se le impuso.
Infracción grave
La Junta de Andalucía ha calificado como «grave» la infracción cometida por la Unión Futbolística Cordobesa SAD, por lo que se le impuso una sanción de 1.000 euros.
FACUA Córdoba ha mostrado su satisfacción por haber podido contribuir al interés general en su deber de denunciar irregularidades que sin escrúpulo cometen cada día algunas empresas y entidades, y ha lamentado que la administración, en esta ocasión la Junta de Andalucía, no imponga sanciones más contundentes acordes a la calificación que realiza el instructor de los hechos probados, y ejemplarizantes, de forma que hagan desistir a las empresas de este tipo de atropellos contra los derechos de consumidores y usuarios.