Requisitos para vivir en Andorra

por Redacción Internacional

Andorra se ha convertido en todo un paraíso, sobre todo por su entorno natural, diversidad cultural y las ventajas fiscales que ofrece. Este territorio resulta de lo más atractivo para trabajar y establecerse por la gran calidad de vida que nos garantiza. Sin embargo, esta posibilidad no se encuentra al alcance de cualquiera, ya que hay que cumplir unos requisitos para vivir en Andorra.

Todo aquel que desee fijar su residencia en el Principado tendrá que ajustarse a una serie de exigencias, que son generales a todo el mundo. Entre ellas están las siguientes:

  • Ser mayor de edad.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • Contar con un alojamiento en el país, ya sea a través de un contrato de alquiler o un título de propiedad.
  • Residir en Andorra durante un periodo mínimo.
  • Abonar una fianza que oscila entre los 15.000 y 50.000 euros.
  • Hacer una revisión médica.

Para acreditar estas condiciones será preciso disponer del certificado de antecedentes penales del país de origen, certificado de estado civil, el pasaporte en vigor, documentos originales que confirmen los contratos de alquiler o compraventa de vivienda, documento que acredite el pago de la fianza al Gobierno local y todos aquellos documentos relacionados con el seguro por enfermedad, discapacidad o jubilación en caso de optar por la residencia sin trabajo.

De tener algún tipo de consulta o duda a la hora de establecerse en el país, siempre se puede recurrir al servicio de gestoría de Andorra Investors, que guiarán al inversor o emprendedor en cada una de las etapas para que la integración en el Principado resulte lo más sencilla posible y ajustándose a las normas vigentes.

Los tipos de residencia para asentarse en Andorra

En Andorra hay básicamente dos tipos de residencia. Debe distinguirse entre residencia fiscal activa, que se enfoca sobre todo a los que trabajan en este territorio o tienen previsto emprender un proyecto empresarial allí; y la residencia pasiva, que se orienta a los que deseen invertir y vivir en el Principado, pero sin desarrollar ninguna activad laboral. Cualquiera de estas dos opciones se presenta con unos requisitos concretos.

Residencia activa por cuenta propia

Esta solución es la más utilizada por los emprendedores. Exigen contar con una titulación universitaria o profesional, poner en marcha una empresa o darse de alta como autónomo, además de aportar una fianza de 50.000 euros y tributar a la seguridad social de Andorra. La residencia fiscal se obtiene tras vivir en el país más de la mitad del año (al menos 183 días).

Será necesario facilitar un currículum vitae con la información precisa sobre la formación y experiencia, entregando también la solicitud de autorización de inmigración para residentes activos por cuenta propia. Habrá que disponer de cómo mínimo el 34% de participación sobre el capital social, ocupando un cargo en la administración de la compañía.

Residencia activa por cuenta ajena

En función del tipo de contrato, el permiso será indefinido o temporal. La duración del mismo quedará condicionado  al tiempo que se prolongue el citado contrato laboral. El tiempo que se exige como mínimo de residencia es de 183 días. Entre las condiciones que imponen están:

  • Contrato laboral de la compañía andorrana.
  • Currículum vitae con detalles sobre la formación y experiencia.
  • Acreditación de títulos y experiencia profesional.
  • Cumplimentar una declaración jurada del plan de formación.
  • Apuntarse al Comú.
  • Facilitar la solicitud de autorización de inmigración para residentes activos asalariados.

Residencia pasiva sin actividad lucrativa

Este modelo está pensado para aquellos que deseen vivir en Andorra sin trabajar. Es la opción que escogen los jubilados, deportistas retirados, altos ejecutivos o personas adineradas. Únicamente pedirán que se haga una importante inversión económica y vivir en el país un mínimo de 90 días al año.

La gran ventaja de esta modalidad es que el titular principal puede con el mismo permiso traer a sus familiares, siempre que sean dependientes de él.

Residencia pasiva para profesionales con proyección internacional

Es otro de los sistemas de residencia fiscal en el Principado que no requiere de una actividad profesional en el país. Está pensada para los que presten servicios desde el país a clientes o empresas situadas en el extranjeros, en donde como mínimo el 85% de sus ingresos procedan de esos servicios. Entre los requisitos que piden:

  • Residir al menos 90 días al año.
  • Contar con una titulación académica superior.
  • Justificar la prestación de servicios a compañías o personas situadas fuera de Andorra por medio de facturas o contratos.
  • Destinar al menos 600.000 euros en activos en el país.
  • Contar con un seguro médico privado.
  • Aportar un certificado médico efectuado en el Principado que acredite su buen estado de salud.
  • Disponer de un certificado de antecedentes penales del país de origen de la última década.
  • Demostrar una situación económica solvente, de al menos el 300% del salario mínimo interprofesional andorrano.

Residencia pasiva por interés cultural, deportivo o científico

Este sistema de residencia se dirige a personas que desarrollen su actividad en alguna de estas disciplinas desde Andorra a nivel internacional. Para ser admitido como tal habrá que aportar la correspondiente acreditación, ya sea a través de premios, certificados o reconocimientos.

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