España perdió el «juicio»… del Prestige. Por Julio Asorey

En su fallo, los tres Magistrados del Tribunal de Apelación presidido por el «Master of the Rolls» Gofrey Vos afirmó que «reconocer y ejecutar la sentencia española es manifiestamente contrario al orden público inglés”. El argumento de España de que el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE), respaldaba su posición fue desestimado por los tres Magistrados, afirmando que dicha resolución no podía invalidar el arbitraje ni el orden público inglés.

El Derecho Inglés entiende que la acción directa contra la Aseguradora es contractual y por ello cualquier reclamación debe de someterse a las cláusulas y entre ellas está el convenio arbitral. Con «Brexit» a sin él, se obtendría los mismos resultados dado que los laudos arbitrales ingleses son firmes y España no puede ignorar o contradecir las decisiones arbitrales en los tribunales ingleses lo cual garantiza la coherencia y estabilidad en la resolución de disputas, asegurándose que las decisiones adoptadas son definitivas y respetadas por todas las partes involucradas (incluida España Desconocemos si el Reino de España acudirá al-Tribunal Supremo de Inglaterra y Gales- aunque lo prudente es suponer que al perder pagarán las costas y abogados de Squiere Patton Bogs que representaron a España a lo largo de los últimos 11 años sin lograr resultado favorable alguno.

Las Leyes Internacionales y Convenios de los que forma España parte son prevalentes

A lo largo de todos los juicios del pasado y Sentencias, España buscaba dinero por todas partes tratando de encontrar el lugar más favorable para sus pretensiones e incluso, sabedores de que las Leyes Internacionales y Convenios de los que formamos parte son prevalentes, trataron de aplicar el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la del Seguro y al igual que buscaron dinero en Estados Unidos vía denuncia al ABS, sin peritaje propio real alguno sobre el buque con el que justificar su demanda acabaron perdiendo y pagando sin recurrir al Tribunal Supremo de los Estados Unidos que supondría más gastos adicionales.

En Londres todo apunta a lo mismo, dado que la Póliza vigente entre Armador y Aseguradora en su letra pequeña anotaba que en caso de discrepancias para resolver los  litigios se designaba a Londres como lugar para resolverlos. En el mundo marítimo, la mayoría de las Pólizas son semejantes entre las Asociaciones de Aseguradoras y cualquier Armador del mundo, los cuales utilizan a Londres y sus jueces para resolverlos ante su larga experiencia profesional en los temas que requieren juristas expertos en derecho marítimo.

España, según se observa por los resultados, no se avino a ningún acuerdo y todo indica que seguirá perdiendo sus demandas millonarias, pagadas vía impuestos

Es evidente que cuando la Aseguradora depositó los 22,7 millones de euros en el juzgado de Corcubión (porcentaje mínimo exigible a depositar) daba por hecho que se aplicaba el Convenio Internacional CLC-1992 de responsabilidad civil nacida de los daños ocasionados debidos a contaminación marítima así como el FIDAC (Convenio Internacional del fondo de indemnización de daños), y de seguirlo en menos de 4 años se cerraría el caso y lo que los jueces españoles dictasen sería de obligado cumplimiento por las partes. Sabedores de ello el London P@I ofreció a España un acuerdo para entregar una cantidad próxima a 300 millones de euros negociables y cerrar los frentes judiciales abiertos en los tribunales ingleses, pero España, según se observa por los resultados, no se avino a ningún acuerdo y todo indica que seguirá perdiendo sus demandas. España trata de cobrar para indemnizar a los perjudicados en la creencia que los jueces han sido rigurosos con nuestras leyes pero un análisis profundo de lo acontecido nos permite afirmar que el Prestige tras su parada inicial ,no fue inspeccionado por nadie y ha sido deliberadamente roto y hundido por las autoridades españolas . el hundimiento del buque, como resultado final.

De haberse ceñido al Convenio Internacional CLC-1992 y  al FIDAC, las sentencias emitidas obligaban a las partes y hace varios años el caso Prestige hubiese terminado.

Los jueces conocen perfectamente la Convención Internacional de Derecho del Mar de la ONU de la que somos parte (UNCLOS-1982)donde se especifica que la detención del capitán o cualquier miembro de la tripulación de un buque extranjero que transita por nuestras aguas, solamente se puede hacer si existiese intencionalidad de provocar la contaminación generada, también conocían que la Directiva Europea 2002/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de junio de 2002, en el Anexo IV, Medidas que pueden tomar los Estados miembros en caso de riesgo para la seguridad marítima y la protección del medio ambiente, en aplicación del apartado 1 del artículo 19, c) «embarcar en el buque un equipo de evaluación con la misión de determinar el grado de riesgo, ayudar al capitán a remediar la situación y mantener informada a la estación costera competente» (en este caso a Finisterre Tráfico), que tampoco había sido contemplado por los gestores españoles. ¿No han detectado los jueces, que el Plan de Contingencias por Contaminación marítima incumplido por todos sus componentes obligaba a imputar a todos los técnicos y funcionarios que lo componen? ¿No pudieron hacer testificar al Auditor del Boreau Veritas que emitió el «Document of Compliance» del Código de Administración de la Seguridad que es el soporte de los «procedimientos operativos» y del sistema de mantenimiento del buque y la relación documentada (buque -tierra), con el Armador?. La falta de ese «Document of Compliance» provoca la detención  del buque por las autoridades de Puerto y en el Código ISM figuran los datos y reparaciones o remodelaciones del acero del casco que el Prestige debería de tener documentadas y de ese modo las afirmaciones del mal estado del buque que mantenían ¨ciertos testigos» presentados por las Autoridades de la DGMM y Ministerio de Fomento y Transportes,  como el capitán.Kostazos o el Ex-Director de Universe Maritima, capitán Alevizos los dejaría en evidencia. De haberse ceñido al Convenio Internacional CLC-1992 y  al FIDAC, las sentencias emitidas obligaban a las partes y hace varios años el caso Prestige hubiese terminado.

Los españoles seguiremos pagando por la ineficacia de los gobiernos sucesivos, desde Aznar hasta Sánchez

Ahora cuando se resuelva el «arbitraje» (como aparenta, contrario a los intereses de España, los abogados de los ayuntamientos franceses y algunos de los 265 damnificados que en su día no quisieron firmar su renuncia a cambio de la oferta económica del Gobierno y  de la Xunta de Galicia, van a repetir en contra de España en los Tribunales de Francia o de España, como es razonable suponer. Como estamos comprobando, el buque Prestige no merece estar hundido tan cerca de Galicia, pero lo que está  haciendo es justicia  por haberlo destrozado y hundido dejará sin cobrar ni un solo euro a nadie. Lamentablemente, los responsables políticos y no políticos de la destrucción y hundimiento del Prestige, por su «magnífico trabajo» a uno le dieron la medalla de oro de Galicia y al resto los ascendieron, incluso el «jardinero» llegó a ser director general de la Guardia Civil.

España acude a juicios internacionales sin base ni fundamento que sustente sus teorías y los pierde

Los políticos españoles que programaron el inicio de una causa penal en España y en paralelo otras diferentes en el extranjero, saltándose los Convenios Internacionales y Leyes prevalentes sobre las nacionales, a la vista de los resultados obtenidos comprenderán que, además de desprestigiar y hundir a un excelente buque (como puede demostrar documentalmente el Prestige), sale muy caro para el Estado español su gestión, que tenemos que pagar todos los españoles. También lo es al comprobar que la vía Penal utilizada, saltándose la legislación internacional, ha llevado a España a un desastre económico sin precedentes en nuestra historia. Los gestores españoles además de ser responsables del hundimiento del buque, han logrado con la ocultación de los hechos que España haya perdido y siga perdiendo cantidades ingentes de dinero público en juicios sin sentido en foros internacionales, a los que se acude sin base ni fundamento alguno en los que sustentar sus pretensiones económicas.

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