Hoy en día, pocas o ninguna decisión resultan una condena de por vida y existen una serie de mecanismos legales que nos permiten manejarnos dentro de márgenes o de un marco normativo que pospone de forma condenatoria o perenne la actividad profesional. Sin embargo, al igual que sucede con las grandes empresas o corporaciones en su manera de trabajar, todo aquello para lo que no hemos sido formados o que no manejamos con especial destreza, merece la pena ponernos en manos de aquellos que realmente sí puedan asumir la responsabilidad de manejar nuestro futuro con las garantías suficientes. Lo que cualquier empresa de hoy en día denominaría subcontratar y que nosotros debemos hacer para evitar posibles innecesarios o indeseables.
Los abogados especialistas en ley de segunda oportunidad son aquellos que permiten gestionar deudas que no se pueden asumir y que los especialistas pueden ayudar a cancelar hasta en números del cien por cien para empezar una nueva vida. La ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos cancelar sus deudas para que puedan empezar de cero y, gracias a esa ley, cancelar las deudas, paralizar los intereses, pedir la suspensión de embargos y volver a solicitar hipotecas. Además, los expertos harán todo lo posible para la conservación de los bienes por parte del propietario. Tras entrar en vigor la nueva ley, ha variado siendo la más beneficiosa para futuros usuarios de la misma. Por un lado, el juez competente de lo mercantil es más beneficioso para el deudor, ya que se trata de magistrados especialistas en la materia, por lo que se espera que sus resoluciones sean más rápidas.
En caso de no querer perder las propiedades, sobre todo la vivienda, se ha introducido la posibilidad de solicitar la cancelación de la deuda mediante la elaboración de un plan de pagos, en el que se propone un reajuste de la deuda a fin de abonar parte de las obligaciones. Por otra parte, cuando es necesario liquidar los activos, se nombre un Administrador Concursal a fin de realizar esa tarea. Por último, en caso de no existir bienes, el procedimiento concursal se tramita con relativa rapidez, ya que no será necesario el nombramiento de Administrador Concursal, declarando el concurso “sin masa”, solicitando la exoneración de toda la deuda.