Impuesto de Patrimonio: España resiste un tributo que la mayoría de Europa ya ha derogado

España forma parte de un grupo muy reducido —junto a Noruega, Suiza, Luxemburgo y Bélgica— que todavía grava la mera tenencia de bienes. Tras la reforma 2021-22, el nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF) eleva el tipo hasta un 3,5 % para patrimonios muy altos, mientras que el tipo estatal del viejo Patrimonio se mantiene en 2,5 % y la base exenta general sigue en 700 000 € (algunas comunidades, como la Valenciana, la rebajan a 500 000 €; Madrid y Andalucía bonifican el 100 %). En 2024 la recaudación rondó 1 900 millones €, un alza superior al 10 % respecto a 2023, pese a que Francia y Suecia lo han suprimido y Alemania descartó implantarlo desde 1997 para atraer capital.

Sobrecoste real: Patrimonio vs. Grandes Fortunas

En marzo, el Tribunal Constitucional avaló la compatibilidad entre Patrimonio y el ITSGF, pero lo ya pagado por el primero se descuenta del segundo. Aun así, la factura conjunta puede superar el 3 % efectivo en patrimonios superiores a 10 millones, según la comunidad. La Asociación Española de Banca calcula una «fuga neta de 6 000 millones» hacia jurisdicciones vecinas, mientras consultoras confirman traslados a Portugal y Andorra, países sin gravamen patrimonial.

Cómo se calcula la cuota

  • Base imponible: inmuebles (valor catastral o tasación), carteras financieras a 31 de diciembre, seguros de vida rescatables y derechos en sociedades.
  • Deducciones: deudas vinculadas, empresa familiar (exenta hasta el 95 % si la participación se mantiene cinco años posteriores) y participación significativa (> 5 %) con funciones de dirección.
  • Límite conjunto: IRPF + Patrimonio no puede superar el 60 % de la base general; el exceso se reduce hasta un 80 %, pero nunca por debajo del 20 % de la cuota íntegra.

Vías legales de mitigación

  • Sociedades de tenencia de valores: agrupan participaciones y aplican la exención del 95 % sobre empresa familiar.
  • Donaciones escalonadas: anticipar la herencia reduce saldo patrimonial y aprovecha bonificaciones autonómicas de hasta el 99 %; exige escritura pública y permanencia de diez años.
  • Traslado de residencia: mudarse a Portugal (solo Património Municipal) o Italia (lump-sum tax de 100 000 € sobre rentas extranjeras), acreditando estancia ≥ 183 días y cambio de núcleo económico.

Seguridad jurídica con LaBE Abogados

La estrategia óptima combina varias figuras y un calendario que evite ganancias patrimoniales inmediatas. El equipo de LaBE Abogados realiza due diligence de activos, verifica requisitos de empresa familiar, programa donaciones y coordina escritura y registro; cada expediente incluye simulación trienal y análisis de la interacción con el ITSGF.

Quien posea inmuebles en varias autonomías o carteras bursátiles superiores a 1 millón aún dispone de margen para reducir cuota antes del 31 de diciembre: vender activos no estratégicos rebaja la base y genera liquidez para optimizar sucesiones.

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