La sentencia dictada por el juzgado de lo mercantil nº 2 de Pontevedra, en el procedimiento civil seguido entre PESQUERÍAS NORES MARÍN S.L. contra MAPFRE con causa en el naufragio del hundimiento del “Villa de Pitanxo” ha devenido firme y definitiva.
La mayor parte de las cuestiones que, tras nada menos que casi cuatro años de deliberaciones, suscita la CIAIM como causas contribuyentes del accidente fueron resueltas definitivamente en dicha sentencia y, en especial, las siguientes:
- la navegabilidad del buque;
- la pretendida sobrecarga;
- las supuestas obras ilegales (tanques de combustible no aprobados);
- la pretendida escora permanente a babor;
- la pretendida deficiencia de calados;
- la formación de hielo en cubierta y navegación en zona de formación de hielos y la conexión con el siniestro;
- la pretendida falta de protocolo del cierre de la tolva de desperdicios.
La sentencia se apoya en una larga serie de documentos y pruebas, testificales y periciales, tanto de particulares como de cargos públicos, entre ellas la declaración del inspector de buques de la Capitanía Marítima de Vigo que inspeccionó el buque para la renovación de certificados justo antes de la marea del siniestro, la del práctico que prestó servicio al buque a su salida de Vigo, la sociedad de clasificación Bureau Veritas, y un largo etc…, que ponen contundentemente de manifiesto la falta de base de las conclusiones establecidas en el informe así como que el pesquero estaba en perfectas condiciones de navegabilidad, que no existían obras no autorizadas ni sobrecarga, los calados eras correctos y en el momento del siniestro no había hielo, entre otras cosas.
Mediante diligencia de ordenación de 30 de octubre de 2.025 se certifica la firmeza de la sentencia.![]()