El Gobierno blinda la Sanidad Universal: entra en vigor el decreto que garantiza atención inmediata a extranjeros

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Real Decreto que garantiza y homogeneiza el acceso al Sistema Nacional de Salud para las personas extranjeras sin residencia legal en España. La norma, que entra en vigor este jueves, supone el blindaje definitivo del acceso universal a la sanidad, eliminando las desigualdades territoriales y las trabas administrativas que persistían desde la reforma de 2018.

Cobertura desde el primer minuto

La principal novedad del decreto es la creación de un procedimiento de urgencia y simplificado. A partir de ahora, en cuanto una persona extranjera formule su solicitud ante las unidades de tramitación de su comunidad autónoma, recibirá un documento provisional de asistencia sanitaria. Este documento otorgará cobertura a todos los efectos de forma inmediata, evitando que el paciente quede desprotegido mientras se resuelve su expediente administrativo.

Además, el Ministerio de Sanidad introduce el silencio administrativo positivo: si la administración no resuelve la solicitud en un plazo máximo de tres meses, el derecho a la asistencia sanitaria se entenderá concedido por ley.

Flexibilidad en la acreditación de residencia

Con el objetivo de eliminar las «barreras invisibles», el decreto establece que el padrón municipal ya no será el único medio para demostrar la estancia en España. En caso de no disponer de él, los ciudadanos podrán acreditar su residencia mediante:

  • Informes de servicios sociales o trabajadores sociales de ONGs acreditadas.
  • Documentos de escolarización o facturas de servicios básicos del hogar.
  • Certificados consulares o documentos de determinación de edad.

Tarjeta única con validez nacional

El decreto pone fin a la fragmentación del sistema. Tanto el documento provisional como la tarjeta sanitaria definitiva tendrán validez en todas las comunidades autónomas, funcionando de manera idéntica a la de cualquier ciudadano con nacionalidad española. Esto permitirá el traslado de expedientes entre regiones sin necesidad de iniciar nuevos trámites de solicitud.

Otras medidas: Españoles en el exterior y ortopedia

La norma también amplía derechos para otros colectivos. Los españoles residentes en el extranjero y sus familiares (cónyuges e hijos menores de 26 años) tendrán garantizada la cobertura sanitaria durante sus estancias temporales en España.

Asimismo, se extiende la gratuidad de los recursos ortoprotésicos (prótesis y sillas de ruedas, entre otros) a todas aquellas personas que ya están exentas de los copagos farmacéuticos por sus bajos ingresos o situación de vulnerabilidad.

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