El Juzgado de Primera Instancia de Tafalla (Navarra) ha estimado íntegramente la demanda presentada por un consumidor representado por Oulego Abogados y Consultores contra Santander Consumer Finance, declarando abusiva la cláusula que imponía una comisión de apertura en un contrato de financiación de un vehículo y condenando a la entidad a devolver 1.060,20 euros, además de los intereses legales, el recálculo del préstamo y las costas procesales.
La resolución judicial considera que la comisión de apertura, equivalente al 3,80 % del importe financiado, resulta desproporcionada y, por tanto, abusiva. Como consecuencia, Santander Consumer deberá reintegrar al consumidor la cantidad cobrada por este concepto, devolver también los intereses generados al financiar dicha comisión y recalcular el cuadro de amortización del préstamo como si esa cantidad nunca hubiera formado parte del capital prestado.
Además, la sentencia declara igualmente la nulidad de la cláusula relativa a la comisión por reclamación de posiciones deudoras o comisión por impago.
Un precedente para miles de consumidores
Desde Oulego Abogados y Consultores consideran que esta resolución confirma la línea cada vez más consolidada de los tribunales en la protección de los consumidores frente a determinadas cláusulas incorporadas en contratos de financiación de vehículos.
El socio director del despacho, José Ramón Oulego, destaca que este tipo de reclamaciones afectan a un número muy elevado de consumidores.
«Esta sentencia demuestra que muchas de las comisiones de apertura que se han venido cobrando en la financiación de vehículos no superan el control de abusividad cuando su importe resulta desproporcionado. Los consumidores tienen derecho a recuperar un dinero que nunca debieron pagar.»
Según explica el letrado, el análisis realizado por el despacho pone de manifiesto que estas prácticas son mucho más frecuentes de lo que muchos clientes imaginan.
«En Oulego Abogados y Consultores hemos comprobado que aproximadamente el 90 % de los contratos de financiación que estudiamos contienen una o varias cláusulas abusivas susceptibles de ser reclamadas judicialmente. Muchas personas desconocen que pueden recuperar cantidades importantes simplemente revisando su contrato.»
Más de la comisión: también intereses y costas
La importancia de esta resolución no reside únicamente en la devolución de la comisión de apertura.
La sentencia obliga igualmente a Santander Consumer a:
- devolver los 1.060,20 euros cobrados por la comisión;
- reintegrar los intereses pagados de más al haber financiado esa cantidad;
- recalcular el cuadro de amortización del préstamo eliminando la comisión del capital financiado;
- asumir íntegramente las costas judiciales.
Para José Ramón Oulego, esta circunstancia tiene una gran relevancia práctica para los consumidores.
«No estamos hablando únicamente de recuperar una comisión. Cuando el juez ordena recalcular el préstamo, también deben devolverse los intereses generados por esa cantidad durante toda la vida del contrato, lo que incrementa notablemente la cuantía que recibe el consumidor.»
Miles de contratos podrían contener cláusulas similares
Durante los últimos años miles de vehículos han sido financiados mediante préstamos concedidos por entidades especializadas, entre ellas Santander Consumer Finance.
El despacho recomienda a cualquier persona que haya financiado la compra de un coche revisar las condiciones de su contrato para comprobar si incorpora comisiones de apertura u otras cláusulas potencialmente abusivas.