La empresa responde a las familias de los fallecidos y defiende que el ofrecimiento económico se basó en el baremo de accidentes de tráfico, permitiendo continuar con el proceso penal.
En atención a las declaraciones realizadas por la portavoz de varias familias de los fallecidos en el naufragio del Villa de Pitanxo, respecto del ofrecimiento de indemnizaciones civiles, consideramos conveniente dejar clara constancia de lo siguiente:
1º.- Se ha hecho un ofrecimiento, sin prejuzgar responsabilidades, a aquellos reclamantes que acreditaron su legitimación para reclamar, en las sumas resultantes del baremo de indemnizaciones para accidentes de tráfico, que es el que normalmente se aplica por analogía para accidentes laborales.
2º.- Dicho ofrecimiento se hizo con la finalidad de zanjar las controversias sobre responsabilidades civiles, sin prejuzgar responsabilidades, pero sin que los reclamantes tuviesen por ello que renunciar a la vía penal.
3º.- Dado que, con la excepción de algunos reclamantes, dicho ofrecimiento fue rechazado, lo que se hizo fue depositar en el juzgado las sumas ofrecidas, solicitando al juzgado que se haga entrega de las mismas a aquellos reclamantes que presentaron la documentación correcta acreditativa de relación familiar con el fallecido, por supuesto sin que ello afecte al derecho de los reclamantes a seguir con la vía penal.
4º.- Respecto de aquellos reclamantes que no presentaron la documentación correcta, se ha requerido a fin de que procedan a subsanar dicho defecto, para una vez subsanado, en su caso, realizar los ofrecimientos.