Oulego Abogados: «Santander Consumer obligado a anular la comisión de apertura y el seguro de un coche por orden judicial»

El Tribunal de Instancia de Gandía ha estimado la demanda presentada por un consumidor contra Banco Santander Consumer Finance y ha declarado la nulidad de distintas cláusulas incluidas en un contrato de financiación para la compra de un vehículo, entre ellas la comisión de apertura y el seguro de vida vinculado al préstamo.
La resolución judicial analiza un contrato de financiación suscrito en 2014 para la adquisición de un automóvil y concluye que varias de las condiciones generales impuestas por la entidad financiera no superaban los controles de transparencia exigidos por la normativa de protección de consumidores. Entre las cláusulas anuladas figuran una comisión de apertura de 469,35 euros y un seguro vinculado financiado por importe de 1.494,94 euros.
La sentencia incide especialmente en la falta de información precontractual suficiente y en la necesidad de que el consumidor pueda comprender de manera real las consecuencias económicas del contrato antes de su firma. El juzgado recuerda además la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de transparencia bancaria y protección de consumidores.
La dirección letrada del procedimiento ha sido asumida por Oulego Abogados y Consultores, despacho especializado en derecho financiero y bancario.
José Ramón Oulego, socio director del despacho, asegura que esta resolución “vuelve a poner de manifiesto una práctica muy extendida en la financiación de vehículos en España”.
“En el 90 % de los contratos de coches financiados que hemos examinado en toda España hemos detectado cláusulas abusivas relacionadas con comisiones de apertura, seguros vinculados, TAEs mal calculadas, intereses usurarios o falta de transparencia en la comercialización”, afirma Oulego.
El abogado añade que “este tipo de sentencias corroboran lo que venimos denunciando desde hace años y abren la puerta a que miles de consumidores puedan reclamar cantidades pagadas indebidamente por conceptos que no fueron explicados de forma clara ni negociados individualmente”.

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