Condenado a tres años y medio de cárcel el dueño de una administración de lotería por apropiarse de un premio millonario

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado sentencia condenatoria contra el propietario de una administración de lotería por un delito de estafa agravada, tras apropiarse de un boleto de la Primitiva premiado con 4.722.337,75 euros.

Detalles de la condena El tribunal ha impuesto al acusado una pena de tres años y medio de prisión, así como la inhabilitación para el ejercicio de cualquier profesión relacionada con la actividad de Loterías y Apuestas del Estado durante el tiempo que dure la condena. La sentencia aplica la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso judicial.

En cuanto a la responsabilidad civil, el condenado deberá abonar, de forma conjunta y solidaria con la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), la cuantía íntegra del premio (4.722.337,75 euros). La Audiencia ha precisado que dicho importe no será entregado directamente a la viuda e hija del fallecido propietario del boleto, sino que deberá integrarse en su masa hereditaria para su reparto conforme a sus disposiciones testamentarias.

El mecanismo de la estafa Los magistrados han considerado acreditado que el lotero actuó con ánimo de lucro utilizando el engaño. Tras comprobar el boleto en la máquina, el acusado ocultó al cliente la existencia del premio, generando en él una «falsa certeza» de que no estaba premiado. La Sala ha desestimado la calificación de apropiación indebida, argumentando que la conducta encaja mejor en el delito de estafa al haber existido «maquinaciones insidiosas» para vulnerar la buena fe y la credulidad de la víctima.

Absolución del segundo acusado

Por otra parte, el tribunal ha absuelto al hermano del condenado, quien también era delegado provincial de Loterías, de los delitos de encubrimiento y blanqueo de capitales. Los jueces han señalado que no existen pruebas suficientes que demuestren una confabulación previa entre ambos, destacando que el acusado informó de la incidencia a la SELAE y entregó el boleto, perdiendo cualquier control sobre el mismo, lo que contradice las hipótesis de ocultación presentadas por las acusaciones.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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