20/02/2025.- La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha confirmado la sentencia dictada por la sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que condenó a ocho años de cárcel a un hombre por agredir sexualmente a su hija menor de edad. Además, le impuso la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante quince años.
La defensa del procesado presentó el recurso de apelación al no considerar probado que el acusado, aprovechando que su hija vivía con él y que compartían habitación, una noche la agrediese sexualmente. La Sala se ha apoyado en la credibilidad de la menor, fuertemente sustentada por los testimonios de su madre y de sus amigos, que apreciaron un cambio perceptible en ella tras los hechos acontecidos, para desestimar el recurso. Los magistrados también han destacado la importancia de las declaraciones de la tutora y de la terapeuta de la víctima, quienes corroboraron su versión. La sentencia no es firme, pues es recurrible ante el Tribunal Supremo.