Perito Judicial
Aunque el texto legal de la normativa vigente no prohibe la limpieza de montes de forma directa, incluso castiga con multas no limpiarlo, en realidad SI PROHÍBE de facto que pueda ser limpiado por la hiper regulación, exigencias técnicas, y económicas, impuestas para poder realizar la limpieza de dicho montes; es decir, el texto no dice «prohibido limpiar los montes», pero lo prohíbe con las exigencias que impone para poder limpiarlo. Al que diga lo contrario le recomiendo que lea atentamente porque lo explico de forma contundente y categórica, a continuación.
Durante décadas, el monte español fue mucho más que un espacio natural: fue también una fuente de leña, pasto, limpieza y aprovechamientos tradicionales para miles de familias. En buena parte del país, especialmente en zonas rurales, los vecinos mantuvieron una relación directa con el monte para obtener recursos básicos, desde madera para calefacción hasta terreno para el pastoreo.
Hoy esa relación se ha vuelto mucho más compleja, y los datos oficiales muestran que esa complejidad no es un detalle menor: es una de las causas estructurales de que España arda cada verano.
La Ley 43/2003, de Montes, no se limita a fomentar la gestión sostenible: la convierte en el eje que condiciona el uso legítimo del monte. Su artículo 33 establece que el contenido mínimo de los proyectos de ordenación y planes dasocráticos debe fijarse en unas directrices básicas comunes, y que su elaboración «deberá ser dirigida y supervisada por profesionales con titulación forestal universitaria».
El mismo artículo faculta a las comunidades autónomas para determinar en qué casos ese instrumento de gestión pasa de ser recomendable a ser obligatorio, incluso en montes privados no protectores.
La propia exposición de motivos de la ley reconoce el problema que esto genera para las fincas pequeñas, «muy frecuentes en nuestra geografía», para las que «un procedimiento de ordenación o un plan técnico individualizado resulta muy costoso e inabordable por sus propietarios o gestores» (redacción dada por la Ley 21/2015).
El legislador fue consciente, ya en 2015, de que la exigencia de planificación técnica podía superar la capacidad económica de miles de propietarios; la respuesta no fue simplificar el sistema en general, sino permitir, (solo donde cada comunidad autónoma lo autorice), la adhesión a modelos tipo de gestión de bajo coste.
La propia norma reconoce, además, en su disposición transitoria segunda, un plazo de veinticinco años desde su entrada en vigor para que los montes obligados se doten de instrumento de gestión, y advierte de que, pasado el periodo de incentivos, se denegará de oficio cualquier ayuda a quien no lo tenga. Es decir: dos décadas después de aprobada la ley, el propio Estado ya contemplaba que una parte sustancial del territorio forestal podía quedarse sin ordenación, simplemente por no poder costearla.
Lo que antes podía resolverse con un acuerdo local y una intervención sencilla, hoy suele requerir planificación forestal, asesoramiento técnico y costes que la investigación periodística ha empezado a cuantificar. Según cálculos recogidos por medios especializados en la materia, limpiar una hectárea de monte cuesta en torno a 700 euros, a lo que se suma la falta de mano de obra disponible para ejecutar el trabajo incluso cuando el propietario está dispuesto a pagarlo.
Esto no significa que aprovechar el monte esté prohibido en sentido estricto. Significa que, en la práctica, la suma de autorizaciones, calendarios, informes técnicos preceptivos y sanciones ha creado una barrera que actúa como una prohibición de facto para quien no dispone de ese capital técnico y económico. El caso de Castilla y León ilustra bien el mecanismo: hasta la actualización normativa de 2025, una limpieza privada de hasta veinte estéreos de leña solo exigía una comunicación previa a la Junta; ese trámite mínimo desapareció, pero para operaciones de mayor volumen, (las que realmente reducen el combustible acumulado en una finca), el propietario sigue necesitando autorización expresa, informe de comprobación de especies protegidas y sujeción a calendarios estacionales.
En Galicia, la ley obliga a mantener limpias las parcelas forestales bajo amenaza de sanciones de hasta 3.000 euros, lo que traslada al propietario una responsabilidad que no siempre puede asumir con los mismos medios que exige la norma.
El resultado es un cambio de modelo: el monte sigue siendo un recurso valioso, pero su gestión cotidiana se ha alejado de la lógica vecinal para depender de una gestión profesionalizada, de empresas especializadas o de grandes operadores con capacidad técnica y financiera. Quien no puede pagar ese acceso, sencillamente deja de intervenir.
La estadística oficial no deja margen para la ambigüedad. Según la Estadística General de Incendios Forestales del Ministerio, depurada por la Fundación Civio, entre 1968 y 2023 se registraron 641.751 incendios que quemaron 8.179.103 hectáreas en España, una superficie superior a la de todas las comunidades autónomas salvo Andalucía y Castilla y León. El año 2022 fue, según el Sistema Europeo de Información de Incendios Forestales (EFFIS), el peor de lo que va de siglo en superficie quemada, con más de 315.000 hectáreas; 2025 lo ha superado, con casi 355.000 hectáreas calcinadas, la cifra anual más alta desde 1994.
El propio análisis de los datos de la EGIF confirma algo que rara vez se dice con esta claridad: el origen del fuego es abrumadoramente humano —en torno al 83% de los incendios entre 2000 y 2022— y España cuenta hoy con más de siete millones de hectáreas de bosque adicionales respecto a los años setenta, fruto en buena parte del abandono agrario y ganadero. Más superficie forestal no ha significado menos fuego: lo que dispara la propagación es la continuidad horizontal y vertical del combustible, es decir, el matorral y la vegetación fina que avanzan sin control allí donde ya no hay ganadería extensiva ni gestión activa que los frene.
Esta lectura no es una opinión aislada. La responsable de campañas de Biodiversidad de Greenpeace España, Mónica Parrilla, ha señalado la «falta de gestión» que sufren los bosques españoles como un factor que los convierte en un auténtico polvorín. El vicepresidente de Asaja, Juan Luis Delgado, resumía en agosto de 2025 el diagnóstico del sector agrario en tres causas: el despoblamiento del medio rural, el retroceso de la ganadería extensiva y una burocracia cada vez más compleja que dificulta la gestión activa de los montes.
La Confederación de Organizaciones de Selvicultores de España (COSE) ha reclamado, en su manifiesto más reciente, un Pacto de Estado por los Bosques que incluya explícitamente reducir la burocracia para facilitar los trabajos preventivos, junto con una fiscalidad adaptada al sector y la compensación económica de los servicios ambientales que prestan los propietarios.
El discurso oficial insiste en que los propietarios son los responsables legales de mantener limpias sus parcelas forestales. Es cierto en términos normativos. Pero ese mismo discurso omite sistemáticamente que buena parte del monte español ya no tiene propietario activo: el dueño ha emigrado, la finca ha quedado huérfana de heredero interesado en gestionarla, o el titular carece de recursos para afrontar una limpieza que la propia Administración ha encarecido con sus requisitos. En esos casos, la obligación legal se convierte en papel mojado, y la actuación subsidiaria de la Administración, (que la normativa de biomasa y las leyes forestales autonómicas prevén para fincas abandonadas o sin gestión), rara vez se ejecuta con la sistematicidad que la magnitud del problema exigiría.
La contradicción es evidente: se exige al propietario particular un nivel de diligencia, coste y trámite creciente, mientras la Administración, (que dispone de mecanismos legales para intervenir de oficio en montes sin gestionar, catalogados o de utilidad pública), no despliega esa misma exigencia sobre sí misma.
El propio sector forestal lo ha planteado en estos términos: no gestionar también es una decisión política, y sus consecuencias se ven cada verano en forma de incendios que ya se clasifican como de sexta generación, es decir, de una intensidad y velocidad de propagación que supera la capacidad de extinción de los medios disponibles.
Nada en la Ley de Montes dice literalmente «prohibido limpiar el monte». Ese es, precisamente, el argumento que suele emplearse para descartar cualquier crítica a la regulación vigente. Pero la experiencia acumulada por ingenieros forestales, organizaciones agrarias y selvicultores describe un patrón consistente: autorizaciones que tardan más que la ventana estacional en la que la limpieza es útil, informes técnicos que solo pueden pagar quienes disponen de un patrimonio forestal considerable, y sanciones que penalizan tanto actuar sin permiso como no actuar en absoluto.
El resultado neto, mes tras mes, año tras año, es menos superficie tratada, más combustible acumulado y más intensidad en cada incendio que se declara.
Llamar a esto «prohibición de facto» no es una hipérbole retórica: es la descripción más precisa de un sistema en el que la legalidad formal permite intervenir, pero las condiciones prácticas para ejercer ese derecho, (coste, plazo, disponibilidad de mano de obra y de técnicos), lo hacen inviable para una parte muy significativa de los propietarios reales del monte español.
España necesita montes cuidados, aprovechados y protegidos, y necesita también que esa protección no se convierta en una barrera insalvable para pequeños propietarios, comunidades vecinales y el mundo rural. Los propios datos de superficie quemada, el reconocimiento expreso del legislador sobre el coste inabordable de la ordenación para fincas pequeñas, y las declaraciones convergentes de organizaciones agrarias, selvicultores y organizaciones ambientales apuntan en la misma dirección: el problema no es solo cuánta regulación existe, sino si esa regulación es compatible con que alguien, en la práctica, pueda cumplirla.
Mientras la Administración exija diligencia al propietario sin ejercer la misma diligencia sobre los montes que le corresponde gestionar, y mientras el coste de cumplir la ley siga superando lo que buena parte del territorio rural puede asumir, el monte seguirá acumulando el combustible que cada verano termina ardiendo.